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RESOLUCION 99.20 – ANSES – SE DECLARA ACTIVIDAD ESENCIAL

CETERA Y DI GIACOVO

Declara servicios críticos, esenciales e indispensables para el funcionamiento de esta Administración Nacional de la Seguridad Social los que se identifican en el anexo (if-2020-29717385-anses-dpayt#anses) que forma parte integrante de la presente resolución y que que puede ser consultado en el BOLETIN OFICIAL https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228707/20200506, los cuales se prestaran, conforme así se indica, de forma remota o presencial.

ARTÍCULO 1°.- Declárase servicios críticos, esenciales e indispensables para el funcionamiento de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL los que se identifican en el Anexo IF-2020-29717385-ANSES-DPAYT#ANSES) que forma parte integrante de la presente Resolución, los cuales se prestarán, conforme así se indica, de forma remota o presencial.

ARTÍCULO 2°.- Para aquellas actividades en las cuales se requiera de manera extraordinaria la modalidad presencial, se establecerá un cronograma gradual y progresivo para su implementación, debiendo darse cumplimiento con todas las medidas preventivas y de cuidado establecidas para el COVID-19 por la normativa vigente.

En los comienzos de la cuarentena, allá por el 20 de marzo, las actividades del ANSES habían quedado excluidas de las actividades declaradas esenciales.

El 15 de abril se incorporó la línea telefónica para consultas 130.

Mediante la Resolución 99/20 se declaró a las actividades de esta entidad como esenciales. Esto quiere decir, que todos los trabajadores del organismo volverán a las oficinas para agilizar los trámites de las asistencias que se vieron incrementadas por la pandemia.

Aunque las sucursales permanecerán cerradas al público, el objetivo es agilizar todos los trámites virtuales; desde el Ingreso Familiar de Emergencia, jubilaciones, pensiones, Asignación Universal por Hijo, entre otros.

Fecha de publicacion en el Boletin Oficial 06/05/2020