A traves de la ACORDADA NRO 14 La CSJN dispuso que el monto mínimo para apelar es de $700.000 – (HTTPS://WWW.CSJN.GOV.AR/DECISIONES/ACORDADAS)
Art. 242 CPCN Serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($700.000).
Hasta el 31/5/2022 el monto será de $300.000 adecuado por Acordada N° 41/2019 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación B.O. 30/12/2019. El nuevo monto se aplicará para las demandas o reconvenciones que se presentaren a partir del 1 de enero de 2020)
En caso de RECURSOS DE QUEJAS el deposito que marca el art 286 CPCCN a partir del 1/6/2022 es de $300.000
DEPOSITO
Art. 286. – Cuando se interponga recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia, por denegación del recurso extraordinario, deberá depositarse a la orden de dicho tribunal la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000). El depósito se hará en el Banco de depósitos judiciales Acordada 13/2022 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación – Vigencia a partir del 1/6/2022
Acordada 15/2022 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación – TASA DE JUSTICIA – Vigencia a partir del 1/7/2022
La tasa de justicia para juicios por monto indeterminado $4700 aplicable a partir del 1/7/2022
